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Presunción de SUNAT por incremento patrimonial no justificado

OBJETIVO: Tendrán una idea clara de en qué circunstancias se puede imputar un incremento patrimonial no justificado y cuáles son ... Mostrar más
Instructor
Daniel Zavala
67 Estudiantes inscritos
  • Descripción
  • Currículum

Objetivo

Tendrán una idea clara de en qué circunstancias se puede imputar un incremento patrimonial no justificado y cuáles son las formas que permite la ley para revertir esa imputación. Se conocerán cuáles son los criterios más recientes y las interpretaciones que se tienen sobre el particular.

Temario

  • ¿Qué es el incremento patrimonial no justificado?.
  • ¿Dónde se encuentra regulada la figura de la presunción del incremento patrimonial no justificado y cómo puede revertirse?.
  • ¿Cuáles son los medios por los cuales la SUNAT puede tomar conocimiento del incremento patrimonial no justificado?.
  • Los signos exteriores de riqueza.
  • Las variaciones patrimoniales.
  • La adquisición y transferencia de bienes.
  • Las inversiones.
  • Los depósitos en cuentas de entidades del sistema financiero nacional y/o el extranjero.
  • Los consumos.
  • Los gastos efectuados durante el ejercicio fiscalizado.
  • Casuística, opiniones de la SUNAT y jurisprudencia del Tribunal fiscal.

Dirigido a

Gerentes y Jefes de Contabilidad, Gerentes y personas de las Áreas de Finanzas e Impuestos, Especialistas y todo profesional interesado en actualizar sus conocimientos en materia tributaria.

Docente

JORGE BRAVO CUCCI

Socio en Picón & Asociados

Abogado, Universidad de Lima. Doctor en Derecho Empresarial, Universidad de Sevilla. Especialista en tributación internacional, planeamientos tributarios y tributación sectorial, con énfasis en el sector financiero y de seguros y en procesos de alta complejidad. Profesor de Derecho en las Maestrías de Tributación y Política Fiscal de las Universidades de Lima y San Martín de Porres, así como de la Maestría de Finanzas, Universidad ESAN. Ha sido profesor de las facultades de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú y Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Es miembro de número de la Academia Tributaria de las Américas, del Instituto Brasilero de Direito Tributario (IBET), Instituto Peruano de Derecho Tributario (IPDT) y de la Asociación Fiscal Internacional (IFA).

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