El Tribunal Constitucional establece un criterio vinculante donde se determina que de existir una demora en la respuesta por parte de SUNAT o el Tribunal Fiscal al momento de resolver un recurso impugnatorio, este exceso no debe generará intereses moratorios.
Llena el siguiente formulario con tus consultas y uno de nuestros especialistas de responderá a la brevedad.
Regístrate a nuestro boletín de noticias y novedades y sé el primero en enterarte de todas nuestras capacitaciones y descuentos exclusivos.